DOI: https://doi.org/10.23857/fipcaec.v4i4.141

 

 

El plan de desarrollo todo una vida y su fundamento en el Derecho Penal

 

Critical analysis of denials in the registry of ownership and legal certainty

 

Análise crítica de negações no registro propriedade e segurança jurídica

 

 

 

Roger Antonio Pachay-Ortiz 1

rogerpachay@hotmail.com

https://orcid.org/0000-0001-5788-9419

 

Fausto Mauricio Tamayo-Vásquez 2

fm.tamayo@uta.edu.ec

https://orcid.org/0000-0003-1987-160X

 

Eulalia Dolores Pino-Loza 3

ed.pino@uta.edu.ec

https://orcid.org/0000-0002-4630-7409

 

Correspondencia: rogerpachay@hotmail.com

 

* Recepción: 19/ 10/ 2019    * Aceptación: 15/11/ 2019   *Publicación: 03 /12/ 2019

 

1        Abogado de los Tribunales del Ecuador, Egresado de la Maestría de Derecho Laboral, Diplomado en Derecho y Técnica Aduanera, Especialista en Derecho Penal y Justicia Indígena, Diploma Superior en Contratación Laboral, Especialista en Consultoría Jurídico Laboral, Magíster en Derecho Penal y Criminología, Gerente de Consorcios y Empresas de Asesoría Legal, Fiscal de Manabí, Cursando Estudios de Doctorado en Ciencias Jurídicas de la Universidad del Zulia, Venezuela, Ecuador.  

2        Doctor en Ciencias de la Educación, Abogado de los Tribunales de Justicia del Ecuador, Máster en Proyectos Educativos, Sociales y Financieros, Máster en Gestión Financiera, Máster en Derechos Humanos, Globalización y Políticas Públicas, Cursando Estudios de Doctorado en Ciencias Jurídicas de la Universidad del Zulia, Docente Titular de la Universidad Técnica de Ambato, Ambato, Ecuador.   

3        Doctora P.Hd. en Ciencias de la Educación, Licenciada en Trabajo Social, Máster en Sicología Educativa, Docente Titular de la Universidad Técnica de Ambato, Ambato, Ecuador.   

 


Resumen   

Este trabajo de investigación de enfoque teórico – empírico científico analiza legalmente que el Plan Nacional de Desarrollo toda una vida se fundamenta en la práctica del derecho penal y de manera intrínseca procura colocar a la persona en una vida digna donde se garantice el goce efectivo de los derechos en el marco de la interculturalidad, el respeto a las diversidades, el acceso al entorno político y económico y la convivencia armónica con la naturaleza.

En el Ecuador con la Constitución del 2008 se reconoce al Buen Vivir como un Régimen de Desarrollo orientado al fomento de la participación ciudadana en el desarrollo del país, para garantizar el ejercicio de los derechos y consecutivamente con ello generar políticas públicas que permitan satisfacer las principales necesidades sociales y garantizar la accesibilidad a el derecho penal que se entienden como atributo inherente al hombre; así dentro de este contexto se implementa el Plan Nacional de Desarrollo 2017 – 2021, que busca fortalecer un  plan de gobierno equitativo y transparente en relación a los siguientes lineamientos: 1) Derechos para todos durante toda la vida; 2) Economía al servicio de la sociedad; 3) Más sociedad, mejor Estado. Esta visión se enmarca, también, en los compromisos internacionales de desarrollo global, como la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, convirtiendo este documento en la principal directriz para la elaboración proyectos sociales, humanitarios y culturales.

Palabras clave: Desarrollo; igualdad; accesibilidad; dignidad y derechos humanos.

Abstract

This research work of a theoretical - empirical approach scientifically analyzes that the National Development Plan a whole life is based on the practice of Human Rights and intrinsically seeks to place the person in a dignified life where the effective enjoyment of rights in the framework of interculturality, respect for diversity, access to the political and economic environment and harmonious coexistence with nature.

In Ecuador, with the 2008 Constitution, Good Living is recognized as a Development Regime oriented to the promotion of citizen participation in the development of the country, to guarantee the exercise of rights and, consequently, to generate public policies that allow to satisfy the main social needs and guarantee accessibility to human rights that are understood as an inherent attribute of man; Thus, within this context, the National Development Plan 2017 - 2021 is implemented, which seeks to strengthen an equitable and transparent government plan in relation to the following guidelines: 1) Rights for all throughout life; 2) Economy at the service of society; 3) More society, better State. This vision is also framed in the international commitments of global development, such as the 2030 Agenda and its Sustainable Development Goals, making this document the main guideline for the elaboration of social, humanitarian and cultural projects.

Keywords: Development; equality; accessibility; dignity and human rights

Resumo                                        

Este trabalho de pesquisa de abordagem científica teórico - empírica analisa legalmente que o Plano Nacional de Desenvolvimento para a vida toda é baseado na prática do direito penal e procura intrinsecamente colocar a pessoa em uma vida digna, onde o gozo efetivo de direitos no âmbito da interculturalidade, respeito à diversidade, acesso ao ambiente político e econômico e coexistência harmoniosa com a natureza.

No Equador, com a Constituição de 2008, o Good Living é reconhecido como um Regime de Desenvolvimento que visa promover a participação do cidadão no desenvolvimento do país, garantir o exercício de direitos e, consequentemente, gerar políticas públicas que permitam satisfazer os principais necessidades sociais e garantia de acessibilidade ao direito penal, entendidas como um atributo inerente ao homem; Assim, dentro desse contexto, é implementado o Plano Nacional de Desenvolvimento 2017-2021, que busca fortalecer um plano governamental equitativo e transparente em relação às seguintes diretrizes: 1) Direitos para toda a vida; 2) Economia a serviço da sociedade; 3) Mais sociedade, melhor estado. Essa visão também está enquadrada em compromissos internacionais para o desenvolvimento global, como a Agenda 2030 e seus Objetivos de Desenvolvimento Sustentável, tornando este documento a principal diretriz para a elaboração de projetos sociais, humanitários e culturais.

Palavras-chave: Desenvolvimento; igualdade; acessibilidade; dignidade e direitos humanos

Introducción

Bajo la consigna de “Toda una Vida” se estructura el Plan Nacional de Desarrollo 2017 – 2021 que encuentra sus fundamentos ideológicos en la Constitución de la República del Ecuador 2008 instrumento que se instituye en el eje trascendental de la sociedad que queremos alcanzar, una sociedad orientada al fomento de una vida inclusiva, equitativa y solidaria.

Con la consecución del Plan Nacional de Desarrollo (en adelante “PND”) 2017 – 2021 se pretende establecer como una garantía primordial el efectivo cumplimiento de los derechos, priorizando así en la dignidad humana eje esencial del desarrollo del hombre, En la actual Constitución de Ecuador (2008) se presenta como los “Derechos del Buen Vivir”, dentro de los cuales se incluye un amplia variedad de derechos (tales como a la alimentación, ambiente sano, agua, comunicación, educación, vivienda, salud, energía, etcétera). Por ejemplo, sobre el “ambiente sano”, el Artículo 14 “reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay”. La Constitución, con sus 444 artículos es garantista de derechos por lo que se elimina la concepción clásica de priorizar unos derechos sobre otros. Muy por el contrario, enfatiza el carácter integral de los mismos, al reconocerlos como interdependientes y de igual jerarquía (Art. 11, numeral 6). Por lo tanto los derechos del Buen Vivir ocupan la misma jerarquía que otros conjuntos de derechos, entre los cuales están los derechos de personas y grupos de atención prioritaria, comunidades, pueblos y nacionalidades, participación, libertad, de la naturaleza, y protección, y a su vez, este conjunto tiene un correlato en una sección dedicada a las responsabilidades.

Seguidamente se indican dos campos principales de acción en un mismo nivel de jerarquía: por un lado, el “régimen del Buen Vivir”, y por el otro, el “régimen de desarrollo”. Este último es definido como “el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos, políticos, socio-culturales y ambientales, que garantizan la realización del Buen Vivir, del sumak kawsay” (Art. 275). Se postula una directa vinculación entre las estrategias de desarrollo y los derechos; el “Buen Vivir requerirá que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades gocen efectivamente de sus derechos, y ejerzan responsabilidades en el marco de la interculturalidad, del respeto a sus diversidades, y de la convivencia armónica con la naturaleza” (Art. 275). Este régimen de desarrollo debe atender una planificación participativa y se expresa en las áreas del trabajo y de las soberanías alimentaria, económica y energética. En paralelo, el régimen del Buen Vivir incluye las cuestiones de inclusión y equidad (por ejemplo, educación, salud, vivienda, cultura, etcétera) y biodiversidad y recursos naturales.

El actual Plan Nacional de Desarrollo 2017 – 2021 marca un antes y un después en cuanto a la garantía y el cumplimiento de los derechos, pero no únicamente los contenidos en la Constitución de la República del Ecuador, sino que presta especial énfasis a el derecho penal y la significancia de los mismos en los diversos entornos, con el fin de alcanzar un buen vivir entre los ciudadanos. En los últimos años el Estado Ecuatoriano ha alcanzado expectativas muy altas y ha corregido la mayoría de los errores del pasado para maximizar las perspectivas del futuro y hacerlas realidad.

En cuanto al origen y la evolución del derecho penal (Rodríguez, 2015) anota que:

Sólo fue posible hablar de derechos humanos una vez que se consideró que el hombre, por el simple hecho de serlo, tiene una serie de prerrogativas naturales o derechos subjetivos que deben ser reconocidos, respetados y protegidos por el poder soberano.

Si bien es cierto a lo largo de la historia y dentro del contexto social el derecho penal se instituye como un bien inherente al ser humano, los mismos que facultan la participación del individuo dentro del contexto social y político de un estado, por ello el actual PND prevé establecer a los hombres y mujeres como actores principales del proceso de transformación que el Ecuador se apresta, (Consejo Nacional de Planificación, 2017) al respecto puntualiza que:

El Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento por medio del que se concreta la garantía de derechos en un marco de política pública; por tanto, su vinculación y la ejecución de su cumplimiento son importantes frente a los diferentes niveles de gobierno, otras funciones del Estado, e incluso el propio sector privado en su papel como corresponsable de los procesos de desarrollo.

Desde el tenor citado se deduce que uno de los principales fines del PND está orientado al fomento y desarrollo de los derechos de modo que las y los ciudadanos ecuatorianos encuentren en cada proyecto el cumplimiento de los mismos, involucrando en este proceso no únicamente a las entidades públicas, sino que también focaliza su alcance a las entidades del sector privado de modo que los principios de igualdad y equidad logren materializarse.

Es así que en torno al concepto de desarrollo se concibe varias percepciones, desde el llamado progreso, crecimiento económico, sostenibilidad, calidad de vida y el desarrollo humano sustentable se constituyen como objetivos del modelo de desarrollo de modo que se logre determinar una concepción institucional más integral del hecho del derecho penal en el ámbito social, económico, cultural y político.

El iusnaturalismo como fundamento esencial del derecho penal plantea una ínfima relación entre la fe y el poder, la fe encuentra su fundamento en la teología y en la figura de una divinidad, donde se plantea que los derechos provienen de Dios mientras que el poder alienándose a este enunciado, muestra que los derechos son inherentes a la persona por su naturaleza humana y su descendencia divina. (Henríquez, 1987).

Oponiéndose a esta teoría el positivismo formula un nuevo planteamiento donde básicamente menciona que para que existan derechos, deben estar establecidos de manera escrita en las normas de derecho positivo que los reconocen, el positivismo plantea que los derechos del hombre no conciernen a la moral, sino a la lógica del derecho y al contexto del discurso moral y la meta ética. (Millard, 2008).

Finalmente y como último fundamento del derecho encontramos la teoría historicista, que al respecto formula que los derechos son la consigna de lucha a largo de la historia, donde se explica de manera clara la evolución de los derechos, Norberto Bobbio menciona que existe un tiempo de derechos donde se logran establecer y un tiempo de paz donde se los puede perder, esto haciendo referencia a las necesidades de la población para establecer derechos que se alienen a sus principios y que respalden sus decisiones comportamentales (Bobbio, 1981).

Desde la perspectiva que hemos venido analizando es menester indicar que con su planteamiento no solo se procura el garantismo de derechos para la actualidad, sino que también se pretende establecer un precedente para las futuras generaciones, de tal modo que se garantice el ejercicio de sus derechos y se propicie un correcto desarrollo de sus facultades tomando en consideración el establecimiento y fortalecimiento de la vida digna como punto de partida.

A nivel mundial los compromisos adquiridos por los gobiernos para asegurar el derecho penal al desarrollo se han dado en distintos contextos, para lo cual se cita en los siguientes párrafos:

El derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable en virtud del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos el derecho penal y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar del él. 2. El derecho penal al desarrollo implica tla plena realización del derecho de los pueblos a la libre determinación, que incluye, con sujeción a las disposiciones pertinentes de ambos Pactos internacionales de derechos humanos, el ejercicio de su derecho inalienable a la plena soberanía sobre todas sus riquezas y recursos naturales. La persona humana es el sujeto central del desarrollo y debe ser el participante activo y el beneficiario del derecho al desarrollo (…) Todos los seres humanos tienen, individual y colectivamente, la responsabilidad del desarrollo (…) Los Estados tienen el derecho y el deber de formular políticas de desarrollo nacional (…). Los Estados tienen el deber de adoptar, individual y colectivamente, medidas para formular políticas adecuadas de desarrollo internacional a fin de facilitar la plena realización del derecho al desarrollo (…). Se requieren una acción sostenida para promover un desarrollo más rápido de los países en desarrollo (…). Todos los Estados deben promover el establecimiento, mantenimiento y fortalecimiento de la paz y la seguridad internacionales y, con ese fin, deben hacer cuanto esté en su poder por lograr el desarme general y completo bajo un control internacional eficaz (…). Los Estados deben adoptar, en el plano nacional, todas las medidas necesarias para la realización del derecho al desarrollo y garantizarán, entre otras cosas, la igualdad de oportunidades para todos en cuanto al acceso a los recursos básicos, la educación, los servicios de salud, los alimentos, la vivienda, el empleo y la justa distribución de los ingresos (...).

Declaración del Derecho al Desarrollo, Art. 1, 2, 4, 6, 7 y 8.

Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sustentable. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza... A fin de alcanzar el desarrollo sustentable, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada... Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como requisito indispensable del desarrollo sustentable, a fin de reducir las disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo (...).

Declaración de Rió, Principios 1, 4 y 5

Desarrollo sostenible de los asentamientos humanos en un mundo en proceso de urbanización". El ser humano es el elemento central del desarrollo sostenible, que incluye vivienda adecuada para todos y asentamientos humanos sostenibles... el acceso a una vivienda segura y salubre y a los servicios básicos es indispensable para el bienestar físico, psicológico, social y económico del ser humano y debe ser parte fundamental de nuestras medidas urgentes en favor de los más de mil millones de personas que no viven en condiciones decentes. Nuestro objetivo es conseguir que todas las personas dispongan de una vivienda adecuada, especialmente los pobres de las ciudades y el campo que carecen de ella, mediante un criterio que favorezca el desarrollo y la mejora de la vivienda sin perjudicar al medio ambiente (...).

Agenda Hábitat, párrafo 2.29 y 3.43

El Plan Nacional de Desarrollo Toda una Vida está constituido bajo preceptos similares al Plan Nacional del Buen Vivir pues pese a ser un instrumento con nuevas visiones y alcances, en su esencia procura también el respeto de la pluriculturalidad e interculturalidad en razón de garantizar la conservación de los ideales y la cosmovisión indígena que también forman parte de la esencia de desarrollo e interacción entre el hombre y los factores sociales, económicos y culturales propiciando de este modo un sistema de gobierno inclusivo que garantice sin distinción alguna el acceso a políticas públicas y proyectos de gobernabilidad de modo que el derecho penal se constituyan en una realidad palpable.

La transversalidad del derecho penal y El Buen Vivir como alternativa al desarrollo, es una oportunidad para construir colectivamente nuevas formas de vida, buscar un desarrollo holístico en todas las formas sean administrativas, políticas y económicas que busquen mejorar la calidad de vida en los actores sociales de cada país. (Acosta, 2013)

En este contexto el Plan Nacional de Desarrollo 2017 – 2021 es un claro ejemplo de lo que Ecuador ha pretendido hacer en favor del derecho penal, al respecto Mideros (2017) considera que uno de los mayores retos es la pobreza sin embargo establece que las principales finalidades del PND 2017 – 2021 está encaminado a erradicar las brechas sociales y en consecuencia indica que:

A 2021 soñamos un Ecuador donde todos tengamos vivienda digna, especialmente los más pobres, donde los niños y las niñas no sufran de desnutrición, y los jóvenes puedan acceder a la educación superior, donde no exista violencia contra las mujeres, y se garanticen los derechos de la naturaleza. Un país productivo en que todos tengamos empleo digno, y el desarrollo rural sea una prioridad. Un Ecuador basado en la transparencia, la participación, la honestidad y la solidaridad, con un Estado plurinacional e intercultural que reconozca las diversas identidades que habitamos en el territorio nacional, un Estado cercano a la ciudadanía, y en el que se fortalezca una política exterior soberana y de paz (p. 13).

En tal virtud el PND ha formulado como uno de sus principales ejes el acceso a los derechos y al respecto el Consejo Nacional de Planificación (2017) indica que:

Eje 1: Derechos para Todos Durante Toda la Vida.

Este eje posiciona al ser humano como sujeto de derechos a lo largo de todo el ciclo de vida, y promueve la implementación del Régimen del Buen Vivir, establecido en la Constitución de Montecristi (2008). Esto conlleva el reconocimiento de la condición inalterable de cada persona como titular de derechos, sin discriminación alguna. Además, las personas son valoradas en sus condiciones propias, celebrando la diversidad (p. 48).

Con la implementación de este eje se procura garantizar el acceso a los derechos de manera paulatina, pero de modo practico de tal forma que el hombre satisfaga sus necesidades desde la potencialización de sus habilidades y el fomento de la economía favoreciendo así a la construcción de un sistema productivo con nuevos alcances.

En el mismo tenor de ideas (Consejo Nacional de Planificación ,2017) puntualiza:

Los problemas de desarrollo son vistos como derechos insatisfechos y el Estado debe estar en condiciones de asumir las tres obligaciones básicas que tiene: respetar, proteger y realizar. Respetar implica que el mismo Estado no vulnere los derechos. Proteger significa que el Estado debe velar para que no se vulneren los derechos y, en caso de ocurrir, obligar el cumplimiento de las reparaciones correspondientes. Realizar conlleva que el Estado debe actuar proactivamente para garantizar plenamente los derechos, especialmente en los grupos de atención prioritaria.

En este marco el Estado Ecuatoriano reconoce que una función principal está encaminada a garantizar y proteger el derecho penal como un todo y junto con ello también vislumbra cuales son las principales aristas sociales que deben rectificarse en pro del desarrollo ciudadano, así en el mismo flujo de ideas (Consejo Nacional de Planificación, 2017) alude que:

No se puede vivir bien, mientras otros en el entorno vivan mal. El modelo de desarrollo que la Constitución define garantiza los derechos para alcanzar el Buen Vivir de la población y se fundamenta en principios éticos como la dignidad humana, la igualdad, la libertad y la solidaridad, que se plasman en derechos humanos universales, vinculantes y exigibles (p. 24).

El PND denominado, está relacionado con la implicación de garantizar el acceso paulatino de la población a los derechos, enmarcándose en ello el derecho a la salud, la educación, el trabajo, ejes centrales que han permitido detallar estrategias específicas para cada área, (Consejo Nacional de Planificación, 2017) al respecto puntualiza que:

El Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento por medio del que se concreta la garantía de derechos en un marco de política pública; por tanto, su vinculación y la ejecución de su cumplimiento son importantes frente a los diferentes niveles de gobierno, otras funciones del Estado, e incluso el propio sector privado en su papel como corresponsable de los procesos de desarrollo.

Cuando hablamos de derechos humanos hacemos esencial referencia a la protección de la dignidad humana y su relación con el desarrollo equilibrado y sostenible de los pueblos de modo que los derechos se constituyan en fuente de garantías que tutelen y velen por el bienestar social en su integralidad.

Para la progresión metodológica de los constructos, se establece una revisión sistemática, para estudiar el desarrollo de la investigación (Piedra & Martínez, 2007). Encuadrado en la siguiente hipótesis: El Plan Nacional toda una vida contribuye a la aplicación del derecho penal consagrados para la humanidad en el Ecuador.

 

En el presente trabajo de investigación el objetivo general se enmarca en mostrar como el Plan Nacional de Desarrollo toda una vida se fundamenta en el derecho penal para entender la implicación de responsabilidad y reciprocidad entre el poder público y las personas.

Finalmente, la pertinencia de este trabajo se justifica en el análisis del Plan Nacional de Desarrollo “Toda una Vida” 2017 – 2021 y su fundamento sobre el derecho penal en relación con crear las condiciones políticas, económicas, sociales y culturales para que todos los ecuatorianos puedan satisfacer necesidades legítimas y planes de vida.

Metodologia

Se ha partido para el análisis de una extensa revisión bibliográfica de artículos indexados y libros relacionados sobre la importancia que tiene el plan de desarrollo y el derecho penal en las políticas públicas.

 

Se han tomado muy en cuenta los criterios de Alberto Acosta y Eduardo Gudynas, quienes son investigadores en materia de conceptos de buen vivir y desarrollo.

 

El enfoque utilizado es cualitativo, pues se está sistematizando la información obtenida en importantes aportes de científicos de alrededor del mundo.

Resultados

En base al estudio documental pertinente del Plan Nacional de Desarrollo toda una vida y el derecho penal que se fundamentan a lo largo de la historia,  son unos de los tópicos más cuestionados, si bien es cierto desde sus inicios las luchas bélicas, sociales y políticas giran en torno a la aprobación y evolución de los mismos, para hoy finalmente poder reconocer la amplia gama de derechos como un elemento intrínseco del desarrollo de la persona dentro del entorno social, económico, político y cultural.

Indubitablemente la evolución del derecho penal permite tomar conciencia de la necesidad de actualizar o repensar la vigencia de los derechos en el tiempo y a la par de ello también consolidar la percepción teórica y práctica del Plan Nacional de Desarrollo toda una vida para que sean reconocidos y protegidos por la sociedad en forma indeleble.

Dentro de la evolución del derecho penal y la viabilidad del Plan Nacional de Desarrollo toda una vida es esencial identificar los fundamentos que rigen el progreso para participar en la construcción de una ciudadanía comprometida, coherente y corresponsable del desarrollo desde una perspectiva holística e integral.

Desde los enunciados descritos anteriormente es fácil deducir que con la consolidación del derecho penal se procura establecer a la dignidad humana como principal eje de desarrollo, esto en razón de facultar el impulso de la persona, la potencialización de su habilidades y su participación en actividades de interés colectivo de modo que se garantice una vida digna y este sea el punto esencial en torno al cual se desarrollan una serie de políticas y proyectos, en el caso de Ecuador las políticas de estado buscan lograr un buen gobierno que posibilite un desarrollo sostenible.

Discusión

Es visto la necesidad de manejar en forma paralela el desarrollo económico e industrial con el derecho penal ya que esta dualidad debe reflejar una sociedad más justa y equitativa para que de esta manera se pueda mejorar la calidad de vida de entre todos los congéneres de un país.

Una arista puntual que debe fortalecer el PND 2017 – 2021 toda una vida es la educación, ya que en concordancia con el objetivo 4.7 del Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, es comprendido como un instrumento de desarrollo pensado a largo plazo que se articula tomando en consideración los objetivos de desarrollo sostenible que se alienan los fines y alcances del derecho penal de modo que se garantice un entorno de desarrollo equilibrado asequible para toda la población.

Se analiza que una de las principales características del PND se fundamenta en el hombre, el acceso a las garantías y derechos y la responsabilidad estatal de responder de manera eficaz y efectiva a los requerimientos de la población, dejando de lado el factor económico y anteponiendo el humano, convirtiéndose así en un todo para todos.

Se hace referencia y se puede deducir que para alcanzar el Buen Vivir en un contexto de desarrollo es preciso crear una armonía entre el hombre y los diversos factores económicos, sociales, culturales y ambientales de modo que se garantice una vida digna con condiciones básicas y necesarias para su progreso fomentando de este modo su participación en la constitución de proyectos y políticas públicas que cooperan y complementan con las líneas de gobernabilidad, crecimiento y desarrollo sostenible.

Con el siglo XXI y el PND toda una vida fundamentada en el derecho penal pretende promover los derechos civiles y políticos a fin de potenciar a los pobres para que se reivindiquen sus derechos sociales, económicos y culturales, esos derechos que el Gobierno de Ecuador se compromete en cumplir, proteger y respetar.

Conclusiones

Como hemos disgregado en líneas anteriores una de las principales preocupaciones de la Constitución de la República del Ecuador 2008 es poder establecer un régimen del Buen Vivir sostenible para las y los ecuatorianos, así en este marco se ha desarrollado el Plan Nacional de Desarrollo 2017 – 2021 que bajo la consigna de Toda una Vida propone como fin único el alcance paulatino a los derechos, en favor de construir una vida digna que entre muchas cosas procura el respeto a la dignidad humana y a todos aquellos elementos que se alienan al desarrollo del hombre, por lo que groso modo podría señalarse que este principal objetivo con el transcurso del tiempo y la materialización del PND logra consolidarse.

Dentro de los objetivos plasmados en el PND 2017 – 2021 busca fortalecer los derechos para toda una vida, ya que posiciona al ser humano como sujeto de derechos a lo largo de todo el ciclo de vida y promueve la implementación del Régimen del Buen Vivir, promoviendo la eliminación del racismo, machismo, la xenofobia y toda forma de discriminación y violencia en la sociedad.

El derecho penal es inherente a todos los seres humanos, por lo que el PND 2017 – 2021 busca garantizar que se implementen políticas públicas y servicios que aseguren la disponibilidad, accesibilidad, calidad y adaptabilidad a los derechos de educación, salud, alimentación, vivienda y trabajo que se dan en el marco de un Estado intercultural y plurinacional, cuyas acciones están dirigidas a eliminar brechas de acceso a servicios y a buscar una igualdad más incluyente.

El PND 2017 – 2021 debido a responder las necesidades de la población a la luz de lo que establecen los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, garantiza el cumplimiento de varios derechos considerando primordiales el derecho a la educación, a una vivienda digna y al reparto equitativo de la riqueza desde la observancia de su cultura y su cosmovisión contribuyendo así con el fortalecimiento de la interculturalidad y plurinacionalidad.

Finalmente, con la implementación del PND se espera un Ecuador diferente, donde todos quienes cohabitamos en él, seamos participes del desarrollo, logremos una vida inclusiva y equitativa, pero por sobre todo se logre la aplicación del derecho penal como una realidad palpable.

Referencias

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14    Resolution adopted by the United Nations General Assembly, Human Rights Declaration on the right to development 41/128, of December 4, 1986

15    Rodríguez, A. (2015). Origin, evolution and positivization of criminal law. Mexico: CNDH

16    Rodríguez, M. (2014). Human rights and good living. Roles of eco-social relations and global change. 128, pp. 39-48.

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